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INTUICION: Conocimiento que es directo e inmediato, sin intervención de la deducción o del razonamiento. La vida me ha enseñado que las intuiciones hay que seguirlas, por eso trato de razonar las que llegan a mi cerebro.

domingo, 28 de abril de 2013

Intuición: El estado debe gestionar servicios esenciales.



Solución: El Estado como regulador de los mercados.

               Según las ideas neoliberales, el Estado no debe regular los mercados, ya que los mercados se autoregulan.

               Puedo estar en parte de acuerdo con esto, pero siempre y cuando los monopolios, oligopolios, grupos de presión, etc, tampoco intenten “regular” los mercados a su conveniencia. Que de esto no se habla.

               También pienso que el estado debe proteger a las personas de las actuaciones de los mercados, cuando éstas son excesivamente dirigidas al beneficio, en sectores tan sensibles como la sanidad, la educación, la banca, la energía, la alimentación, en definitiva en los servicios y productos básicos.

               Y tengo que preguntarme ¿cuál sería la forma idónea de actuación de un Estado para regular los servicios básicos?.

               1.- ¿Imponer normas que impidan el libre mercado? Creo que no.
               2.- ¿Imponer normas que limiten los beneficios? Creo que no.
             3.- ¿Imponer normas que aseguren la calidad del producto/servicio? Seguro que si.
               4.-¿Dictar normas de defensa del consumidor? Seguro que si.

               Todo esto lo tenemos actualmente, pero el desarrollo de los mercados es inadecuado, y no solo los consumidores se ven perjudicados, hasta los propios estados están sufriendo las malas prácticas de los mercados.

               ¿Pueden hacer los estados algo más, para favorecer un desarrollo adecuado de los mercados?

  Personalmente, creo que los Estados deben actuar como un competidor más en la producción/distribución de bienes y servicios de primera necesidad, obteniendo un beneficio adecuado de esta actividad.
-       ¿Se aseguraría el libre mercado sin imponer normas? Seguro que si.
-        ¿Se limitarían los beneficios, sin imponer normas? Indirectamente si.
-        ¿Se aseguraría la calidad del producto/servicio? Seguro que si.
-        ¿Se cumplirían las normas de defensa del consumidor? Seguro que sí

En definitiva, una actuación del Estado en igualdad de condiciones con el resto de los competidores, incrementando la calidad y obteniendo unos beneficios adecuados, estaría regulando el mercado de una forma mucho más efectiva que imponiendo normas.

El consumidor podría elegir libremente entre el producto/servicio producido por el Estado o los producidos por otros actores del mercado libre.  

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viernes, 26 de abril de 2013

DEFLACION INTERNA ¿Solo bajar sueldos?

Solución: Trasladar cargas, gastos etc. al IVA.

Parece cierto que España necesita una deflación de sus productos, para ser competitiva en mercados exteriores y con el aumento de la exportación, reactivar la economía.

Nuestro gobierno ha considerado que, para conseguir una deflación interna, lo que hay que hacer es bajar los salarios. Por eso, hace una reforma laboral que permite a los empresarios bajar los salarios directamente, o despedir a los empleados con mucha antigüedad y salarios altos para sustituirlos por nuevos empleados con salarios tercermundistas.

¿Es esta la única solución para deflacionar? Estoy seguro que no, y yo consideraría otra forma de hacerlo.

Trataré de explicarlo de una forma sencilla, poniendo un ejemplo.

Un producto que tiene los siguientes costes y precio de venta:

Materias primas y otros costes: 30
Costes salariales: 32,7
Margen beneficio: 20
Total PVP antes de IVA: 82.7  (Precio para exportación)
IVA.21%............... 17,3
Total PVP ,,,,,,,,,, 100.-

En la actualidad estarían intentando rebajar un 20% los costes salariasles. Con lo que el escandallo quedaria de la siguiente forma:

Materias primas y otros costes: 30
Costes salariales: 26.2
Margen beneficio: 20
Total PVP antes de IVA: 76.2 (Precio para exportación)
IVA.21%............... 16.6
Total PVP ,,,,,,,,,, 92.2

Con este modelo se bajarian los salarios y el poder adquisitivo de los trabajadores un 20% y la recaudación del estado por IVA el 4% . El precio de los productos en exportación bajaria el  7,86% que es lo que ganariamos en competitividad.
Pero también bajarian un 20% las cotizaciones a la seguridad social y al seguro de desempleo.

Y además la bajada de salarios produce imposibilidad en muchos casos de atender las obligaciones con bancos etc., produciendo los gravisimos problemas que conocemos.

¿Que ocurriria, si en lugar de rebajar los salarios un 20% unicamente trasladaramos los costes relativos a las cotizaciones sociales al IVA, aumentando éste en un importe idéntico a las cotidaciones?

Veamos cómo quedaria el escandallo considerando que las cotizaciones sociales representan aproximadamente un 30% de los costes salariales (pido disculpas si este importe no es exacto, pero si representaria según el ejemplo (extrapolando) un 14/16% del PIB, cifra que España dedica actualmente):

Materias primas y otros costes: 30
Costes salariales: 23
Margen beneficio: 20
Total PVP antes de IVA: 73 (Precio para exportación)
IVA.37%............... 27
Total PVP ,,,,,,,,,, 100.-

Que ventajas tendria este sistema.
El precio para el consumidor interno no varia aunque el  IVA suba al 37%.
La deflación a la exportación en lugar del 7,86€ sería del 11,73 %
El salario líquido de los trabajadores no sufriria ninguna alteración y el precio en el consumo interno tampoco.
La cotizaciones sociales trasladadas del periodo de producción al de venta (IVA)  se incrementarían en un 7% pasando de 9.7 a 10.4.

¿Qué conseguiríamos?:
1.- No alterar los precios del mercado interno.
2.- Penalizar a las empresas que generan poco empleo (se deducirían menos costes sociales).
3.- Beneficiar a las empresas que generan mucho empleo (se deducirían más costes sociales).
4.- Beneficiar a las empresas exportadoras. Sus precios a la exportación se hacen sin incluir los costes sociales.
5.- Defender el mercado interno, ya que las importaciones pagarían un IVA superior.
6.- Importante reducción del paro al fomentar la producción interna frente a la importación. Y fomentar la exportación.
7.- Incremento de la recaudación por IVA, ya que es mayor la importación a la que se incrementa el IVA, que la exportación a la que se deducen costes sociales. Si se invirtiera esta tendencia, también se recaudaría más vía IRPF de los puestos de trabajo creados.



¿Como se implementaría esta medida? Pues de una forma increiblemente sencilla.
El empresario paga los TCs de cotizaciones a la seguridad social como hasta ahora y los deduce del IVA a ingresar a Hacienda, con lo cual no los paga realmente.
Internamente en España, en apariencia no pasa nada, pero al exportar salimos más barato y los productos importados pagan más IVA.

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domingo, 14 de abril de 2013

INTUICION: Los indefensos hipotecados


SOLUCION: LA DACION DE PAGO ES OBLIGATORIA

               Es cierto que cuando solicitas una hipoteca tienes muy pocas posibilidades de negociar. O aceptas las condiciones del Banco o no tienes hipoteca. 

               No es mi empeño discutir si estas condiciones son abusivas, si son discutibles ante un Juez, si se deben aplicar o no. Esa no es mi discusión.

               Intento demostrar que la dación de pago es obligatoria, cumpliendo las durísimas condiciones que los bancos imponen en las hipotecas para salvaguardar sus “derechos”.

               Uno de los derechos de los Bancos, reflejados prácticamente en todas las hipotecas es reclamar el incremento de garantías en caso que el bien hipotecado pierda valor. Esto es, si los inmuebles pierden valor, el banco tiene el “derecho” de exigirte que aportes garantías adicionales o en su defecto, pueden exigir el pago de la totalidad del crédito.

               Pero también significa que, si el banco no exige la ampliación de garantías es que considera el inmueble garantía suficiente para el crédito, por lo que, si ejecuta la hipoteca, no debería tener derecho a exigir más pago que la entrega del bien hipotecado.

               Por tanto, este derecho debe convertirse en una obligación, puesto que la dejación del Banco en la exigencia de este derecho, produce una indefensión en el deudor.

               Efectivamente, si el deudor sabe que el banco le puede exigir un aumento de garantía cuando el piso se devalúa y no le exige este aumento, ha de considerar que el piso sigue siendo garantía suficiente y que podrá entregarlo como pago de la deuda, por cubrirla suficientemente.  Pero resulta que no, que cuando el banco exige el pago no acepta la dación porque el inmueble ya no cubre el valor del crédito y requiere un pago superior, lo que deja indefenso al deudor ante esta reclamación de más importe.

               En cambio, si el banco hubiera exigido un incremento de garantía cuando consideró que deberían ampliarse, el deudor todavía tendría la posibilidad de entregar el inmueble en pago del crédito, por ser todavía garantía suficiente.

               Por tanto, el deudor no debe ser el perjudicado si el banco deja de exigir su derecho del complemento de garantía, se supone que esta es una decisión libre del banco que solo a él debe perjudicar.


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